Publicada el: 11 de mayo de 2025 :: 10:28 am

Reforman ley de trasplante de órganos para optimizar sistema de donación

Reforman ley de trasplante de órganos para optimizar sistema de donación

Con 56 votos, los parlamentarios modificaron la Ley Especial sobre Trasplante de Células, Tejidos y Órganos Humanos, con el fin de garantizar a la población el acceso y cobertura a tratamientos médicos relacionados con injertos y optimizar el sistema de donación de estos.

Los cambios a la normativa, que fue creada en marzo de 2023, garantizarán una mayor equidad en el acceso a este beneficio, a través de un registro adecuado, con criterios de inclusión y exclusión, fomentando además la donación de células, tejidos y órganos.

Esta semana, el ministro de Salud, Francisco Alabi, explicó en la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente  que los principales beneficiados con los cambios a la normativa serán los pacientes con enfermedad renal crónica, que actualmente superan los 52,000 en todo el país.

Durante la sesión plenaria, el diputado de Nuevas Ideas, David Cupido, afirmó que este padecimiento es el que más golpea a los salvadoreños.

“Este procedimiento consiste en salvar vidas; en mejorar el estilo de vida de las personas y cambiar la realidad cuando las enfermedades son crónicas y los medicamentos ya no pueden hacer efecto para que el paciente mejore”, afirmó Cupido, al tiempo que señaló que las enmiendas a la ley ayudarán a este sector de la población, pues se pretende aumentar y avanzar en materia donación de órganos.

La ley fue aprobada con el fin de regular la obtención, investigación, donación, preservación, almacenamiento, importación, transporte, destino y disposición final de los componentes anatómicos y sus derivados, como un medio para garantizar el derecho a la salud y la vida; además de promover la investigación y la docencia en el tema.

Reformas

Entre los cambios propuestos están el nombre Registro Único de Compatibilidad para Trasplantes, por Registro Único para Trasplantes, en los artículos: 4, numeral 23; 10, literal d); 12, literal h); 18, 48, literal a) y 49 b) y c).

Asimismo, todo salvadoreño residente en el exterior tendrá derecho a ser incorporado en el Registro Único para Trasplantes, con base en los criterios establecidos en el reglamento para la asignación de componentes anatómicos, células, tejidos y órganos. Esto, contemplado dentro al artículo 18.

El artículo 29, anteriormente citaba: “El Registro Único de Compatibilidad para Trasplantes refleja el registro de datos de los pacientes aptos, preparados y listos para recibir un trasplante, que hayan sido avalados previamente por la Junta de Delegados del Consejo Salvadoreño de Trasplantes (CST), con el fin de garantizar los principios de igualdad y equidad”.

Con la modificación esto será avalado por el Comité Hospitalario de Donación y Trasplante del establecimiento de salud que desarrolle los procesos de donación y trasplante, siempre con el fin de garantizar los principios de igualdad y equidad.

El nombre del Capítulo V pasará de utilizar el término “Del donante vivo y cadavérico” a “Donante vivo y fallecido”.

Mientras que la reforma al inciso segundo del artículo 39 expone que la promoción de la donación u obtención de células, tejidos y órganos se realizará siempre de forma general y resaltando su carácter voluntario, altruista y solidario.

Derogatorias

Los legisladores aprobaron que de derogue el numeral 21 del artículo 4 de la Ley Especial sobre Trasplante de Células, Tejido y Órganos Humanos, que menciona el siguiente término:

Reacción adversa grave: Respuesta no intencionada en el donante vivo o en el receptor, incluyendo una enfermedad transmisible, que pueda asociarse a cualquier etapa desde la donación al trasplante, y que cause o prolongue una enfermedad o una hospitalización, que genere discapacidad o invalidez, que 5 sea potencialmente mortal o produzca la muerte